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Titulares:
Para el juez Maidana,
Lagostena incurrió en violencia de género psicológica sobre Soriano, lo que
quedó acreditado durante el juicio con la participación de una decena de
testigos y copias de emails que el hombre le mandaba a su pareja.
Titulares:
Confirmaron la condena a Daniel Lagostena por el crimen de
Érica Soriano, una historia de celos y mentiras
En julio del año pasado fue sentenciado a 22 años de prisión.
Ahora, el Tribunal de Casación consideró que hay sobradas pruebas de que se
trató de un crimen de violencia de género motivado por los celos del hombre. El
cuerpo de la víctima, que estaba embarazada, nunca apareció
La Sala I del Tribunal de
Casación Penal bonaerense confirmó este martes el fallo del juicio contra
Héctor Daniel Lagostena (59),
condenado en julio de 2019 a 22 años de prisión por asesinar y desaparecer el
cuerpo de pareja, Érica Soriano.
Los
jueces consideraron que se trató de un crimen de violencia de género “hasta el
hartazgo” y que el acusado estuvo motivado por los celos: creía que ella lo
engañaba y que el bebé que esperaba no era de él.
Lagostena,
encontrado culpable del delito de “homicidio
en concurso ideal con aborto”, intentó consumar el crimen
perfecto sin éxito. En algún momento de la noche del 20 de agosto de
2010 mató a Soriano, que estaba embarazada, en su casa de Lanús. Y esa misma
madrugada se deshizo del cadáver, presumiblemente con la ayuda de una funeraria
amiga, aunque nunca se supo de qué forma. Con el correr de las horas y los días
diseñó la arquitectura de la mentira, pero los cimientos nunca fueron del todo
sólidos. La madre y las hermanas de la víctima siempre sospecharon de él.
Ocho años
más tarde, en un juicio oral y público celebrado en los Tribunales de Lomas de
Zamora, el hombre fue condenado por ser el autor de un crimen sin cuerpo. Los
22 años de pena le implican al menos una larga temporada de 14 años tras las rejas. Si bien quedó claro
que fue un femicidio, Lagostena fue castigado por el delito de homicidio, ya
que cuando cometió el crimen no existía la figura del femicida, que contempla
una prisión perpetua.
En un extenso ensayo sobre la desigualdad de géneros, los jueces de Casación
Ricardo Maidana y Daniel Carral consideraron en el fallo que se trata de “un
caso caracterizado por violencia de género” y elogiaron el trabajo de los
magistrados del juicio por haber considerado “correctamente” la perspectiva de
género durante el juzgamiento del imputado.
Para el juez Maidana,
Lagostena incurrió en violencia de género psicológica sobre Soriano, lo que
quedó acreditado durante el juicio con la participación de una decena de
testigos y copias de emails que el hombre le mandaba a su pareja.
“Controlaba cómo se vestía, el maquillaje que utilizaba, el uso
del teléfono celular, los lugares a los que concurría y con quién lo hacía, y
los boletos de colectivo para verificar sus horarios”, enumeró
el juez de Casación. Además, los testimonios, enumera el fallo, “dieron cuenta
de lo celoso y posesivo que era el imputado al punto de hackearle la cuenta de
correo electrónico y revisarle el celular".
Esa
violencia hizo que Érica Soriano cambiara su manera de vestir y de maquillarse,
y también modificada su comportamiento. “Comenzó
a ser más apagada, introvertida y deprimida”, remarca Maidana. En su
testimonio, Verónica Gabriela Soriano, hermana de la víctima, contó que Érica
prácticamente había dejado de relacionarse con hombres por los celos de
Lagostena, actualmente preso en el penal de Olmos.
Para
Casación quedó demostrado que la violencia de Lagostena sobre Soriano afectó la
relación que la mujer tenía con su hija, quien terminó por irse a vivir con su
padre, obligada, ya que según la chica, el hombre mentía sobre el
comportamiento de ella y su mamá “eligió creerle a él”.
En este sentido, los
jueces aclararon que no encontraron en los testigos alguna animosidad de
perjudicar a Lagostena, algo que fue observado en el recurso presentado por el abogado
defensor del femicida, Facundo Melo.
La
defensa de Lagostena sostuvo en su apelación cierta debilidad en las pruebas
contra el hombre. Sin embargo, los jueces de la Sala I de Casación destacaron
que la recolección de pruebas en la instrucción y exhibidas durante el juicio
permitió una reconstrucción precisa de la escena del crimen y “acreditar la
autoría de Lagostena”.
Y enumeró
un decálogo de evidencia, que sintetiza la trama del caso y en la que queda
claro que la noche del 20 de agosto de 2010, luego de ir a un control del
embarazo, Lagostena y Soriano discutieron, que hubo comunicaciones “inusuales”
entre el acusado y su familia, que la localización del celular de la víctima
dio por última vez en la casa del asesino, quien, además, demostró desinterés
durante la búsqueda de Érica.
“Asimismo,
teniendo en cuenta la perspectiva de género antes mencionada, el Tribunal hizo
un análisis exhaustivo de la violencia
de género psicológica sufrida hasta el hartazgo por Érica Soriano (...)”,
explicaron los jueces, quienes consideraron que el móvil del asesinato fue
porque “Lagostena creía que Soriano le era infiel, al punto de sospechar acerca
de su paternidad, y que lo iba a dejar”.
La espiral de violencia y celos por parte de su
pareja comenzó en abril de aquel año, cuando la mujer decidió mudarse de Villa
Adelina a la casa de Lagostena en Lanús para que él se sintiera más seguro.
Llevaban tres meses de relación. “Ella
estaba viviendo su peor pesadilla”, contó su amiga Lorena Caramello a la
Justicia.
El cuerpo
de Soriano nunca apareció. Pero la firme sospecha es que Lagostena lo quemó en
el hogar a leña de la casa, que se comprobó que la noche de la desaparición de
Soriano estuvo encendido, a pesar de que fue un día caluroso.
Lagostena
se contradijo sobre las razones del encendido. Una vez dijo que fue para quemar
unas tablas que ya no usaba. Y la segunda, que la había usado para cocinar
carne vacuna.
Soriano
estaba embarazada de tres meses. Pensaba
dejar a Lagostena o al menos suspender la convivencia. Las dificultades
en la relación quedaron claras en varios mails incorporados al expediente y en
testimonios de amigos, familiares y compañeros de trabajo.
Sin embargo, la mañana del
21 de agosto ya nadie supo más de ella. A las 9 de ese día la familia Soriano
intentó comunicarse con el celular de la víctima, con el de Lagostena y al
teléfono de línea de la casa de Coronel Santiago al 1400, donde vivían. Ninguno
se atendió. A María Ester Romero, madre de Érica, le pareció extraño ya que
“Daniel nunca dejaba su celular”.
Lagostena
alegó que su pareja se había ido temprano de su casa después de que volvieron a
discutir por los temas de la noche anterior. Pero no
pudo explicar por qué no se respondieron los llamados que hizo la
familia de Érica.
Sin
embargo, las investigaciones posteriores pusieron en evidencia a Lagostena.
Desde las 9.13 alguien chequeó cinco
veces el contestador del celular de Soriano y de la casa. Además, a
las 11 se registró una llamada perdida en el teléfono de la hija de Érica,
proveniente de la línea de Lagostena. Para los investigadores esto indica que el asesino tuvo que haber visto los
llamados perdidos de las 9.
Para el juez Carral, el cuestionamiento de la nueva defensa de
Lagostena no tiene sentido: “El razonamiento de los jueces se
estructuró sobre las particularidades del vínculo que mantenía Lagostena con
Érica Soriano y la actitud que asumió el imputado luego de su desaparición,
circunstancias que permitieron establecer la existencia del delito y el motivo
de su comisión”.
Carral desarmó el recurso
de la defensa de Lagostena al defender la sentencia de los jueces del Tribunal
Oral. “Estimaron que dada la actitud que demostró Lagostena durante la relación
con Érica (“patológicamente controladora”), era escasamente creíble que Soriano
haya salido del domicilio después de la discusión y no la hubiera llamado; como
también fue inexplicable que no se preocupara al conocer que Érica no había
llegado a Villa Adelina o haya demorado en hacer la denuncia. Que, en cambio,
se recostase a descansar sin atender los teléfonos. El tribunal, recordó que
Lagostena fue el mismo que habitualmente chequeaba los horarios de su pareja,
para confirmar que no le mentía, le revisaba los mails y el teléfono”.
Para este
juez, “las inconsistencias y contradicciones en que incurrió” Lagostena
impidieron que sea creíble su hipótesis alternativa de los hechos. Por eso,
Casación reafirmó la decisión de que fue el hombre quien mató con encono de
género a su pareja y desapareció el cuerpo. Lagostena seguirá en prisión, a donde
entró en 2016 y saldrá, con suerte, la próxima década.




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