El Gobierno anunció su reforma migratoria, que incluirá más requisitos para la residencia a extranjeros y deportación exprés
El vocero presidencial Manuel Adorni, comunicó la medida ésta mañana. En los próximos días se publicará un DNU en el Boletín Oficial
A través de
un mensaje del vocero presidencial, Manuel Adorni, el Gobierno anunció el
lanzamiento de su propia reforma migratoria, la cual se hará efectiva a través
de un Decreto de Necesidad y Urgencia en el Boletín Oficial en los próximos
días.
La medida
busca endurecer los requisitos para otorgar residencia a extranjeros y arancelar
determinados servicios, además que pretende ampliar los mecanismos para
expulsar personas extranjeras del país, con antecedentes penales.
“Argentina
fue demasiada permisiva para quienes ingresan de forma irregular”, esgrimió en
primer término el vocero en la Sala de Conferencia de Casa Rosada, donde estuvo
acompañado por Bullrich, y el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro
Catalán; y el jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad, Carlos Manfroni. La
elaboración legal de la medida estuvo bajo la responsabilidad de la secretaria
de Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzábal.
En primer
lugar, se estableció que, a partir de la publicación del decreto, ningún
extranjero condenado podrá ingresar al país y que aquellos que cometan un
delito en el territorio nacional, cualquiera sea su pena, serán deportados,
aunque aún no se informó cómo serán los procedimientos y cuánto se deberá
esperar para hacerlo. Se habilitarán que los ilícitos con penas menores a 5
años sean motivo de denegar el ingreso al país o de deportación, según sea el
caso.
Por otro
lado, exigirán el pago de los servicios de salud a los residentes transitorios,
temporarios e irregulares. Además, impondrán la obligatoriedad para contar con
un seguro médico en su ingreso al país.
Según los
datos oficiales, pretenden que se minimice el gasto de $ 114.000 millones que
significó la atención a extranjeros. Tal y como habían dado a entender, se
autorizará a las Universidades Nacionales a que, si quieren, podrán establecer
aranceles para los servicios educativos a residentes temporarios. Esto no
abarca a la educación inicial, primaria o secundaria.
La reforma
fue anunciada por el presidente Javier Milei el pasado 1 de marzo durante la
Apertura del 143° período de Sesiones Ordinarias. En su discurso, Milei destacó
la necesidad de realizar cambios en la política migratoria del país,
argumentando que Argentina ha sido generosa con los inmigrantes, pero que no
puede permitirse ser “un centro de beneficiario pagado por el bolsillo de los
argentinos”. Según el mandatario, la reforma es un paso necesario para
consolidar un país “serio”.
Los números
clave de la población carcelaria
El último
informa anual del Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena
(SNEEP) informa que la población carcelaria hasta el 31 de diciembre de 2023
era de 111.967 personas, siendo extranjera el 6% del total (6644 personas). El
4% está compuesta por países limítrofes. De este grupo, 1923 personas son de
Paraguay, 905 de Bolivia y 857 de Perú.
En términos
generales, el 39,2% de las personas privadas de libertad no tenían condena
judicial. Y la sobrepoblación carcelaria era de 20% y la tasa de presos está en
su máximo histórico, 240 internos cada 100.000 habitantes.
El informe
anual de 2024 del Ministerio Público Fiscal publicado a comienzos de año
informa que hay 1.884 personas extranjeras detenidas bajo la órbita del Sistema
Penitenciario Federal (SPF), un 16,1% de la totalidad de esa población
carcelaria. De este subgrupo, 69% son oriundas de Paraguay, Bolivia y Perú, si
a ello se agregan los oriundos de Brasil, Uruguay y Chile se puede observar que
las personas privadas de libertad de países limítrofes supera el 80% de la
totalidad de los extranjeros.
Según
informaron desde el Gobierno de la provincia de Buenos Aires, el número de
personas extranjeras en sus propios penales es de 3050, representando el 45% de
esa población carcelaria específica a nivel nacional.
Entre los
puntos destacados de ese fallo fue la oposición al plazo de tres días
establecido para interponer recursos administrativos y judiciales contra
decisiones de la Dirección Nacional de Migraciones, considerado un
procedimiento judicial insuficiente; así como la disposición que otorgaba
exclusivamente a Migraciones la facultad de decidir sobre la reunificación
familiar, sin posibilidad de revisión judicial.
Además,
señaló que el decreto presentaba un “vicio de finalidad” al justificar sus
medidas en una supuesta relación entre la migración y la criminalidad,
particularmente con el narcotráfico. Asimismo, cuestionó la utilización del DNU
para modificar la Ley de Migraciones, un punto que pretende ser usado desde
sectores opositores para oponerse al inminente decreto libertario.
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