Los cambios
en Ganancias y los nuevos instrumentos de exenciones
El
Gobierno subió el piso del mínimo no imponible de la cuarta categoría será de
175.000 pesos mensuales. De esta manera, el aumento de las paritarias no
afectará el alivio fiscal impulsado y solo pagará alrededor del 10% de los
trabajadores.
El Gobierno nacional oficializó este jueves la decisión de aumentar a $ 175.000 mensuales el monto mínimo no imponible para el pago del impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, e incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del gravamen para instrumentos financieros denominados en pesos.
El Gobierno nacional oficializó este
jueves la decisión de aumentar a $ 175.000 mensuales el monto mínimo no
imponible para el pago del impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, e
incluyó a fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención
del gravamen para instrumentos financieros denominados en pesos.
Para ello, el Poder Ejecutivo emitió
dos decretos, 620/2021 y 621/2021, ambos publicados en el Boletín Oficial.
El primero de ellos, incrementó el
piso de $ 150.000 y el umbral de $ 173.000 a $ 175.000 y $ 203.000,
respectivamente.
También eximió del pago del Sueldo
Anual Complementario a los trabajadores cuya remuneración promedio del segundo
semestre no supere los $ 175.000.
Con esta actualización, 1.267.000
personas que dejaron de pagar Ganancias cuando se aprobó la ley en abril,
seguirán sin pagar el impuesto.
De esta manera, el aumento de las
paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el Gobierno y solo
seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores.
La medida persigue el objetivo de
fortalecer el poder adquisitivo de los contribuyentes del impuesto y de sus
familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno.
Al mismo tiempo, busca asegurar que
durante 2021 no aumente como consecuencia del crecimiento de los salarios
nominales, la cantidad de personas alcanzadas este año por el tributo.
Fuentes oficiales subrayaron que
"la reforma de Ganancias llevada adelante por el Gobierno nacional es
sustentable y progresiva".
"Durante la administración de
Juntos por el Cambio se duplicaron los trabajadores alcanzados por este
impuesto. La ley buscó volver a los niveles anteriores al período 2015-2019, y
que casi 1,3 millones de trabajadores dejaran de pagar el tributo",
indicaron.
La reforma también permitió que solo
el 10% de los trabajadores registrados en relación de dependencia paguen el
impuesto.
El mínimo no imponible del impuesto,
todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse a
partir del 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios.
El segundo de los decretos, incluyó a
fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros en la exención del
impuesto a Ganancias para instrumentos financieros denominados en pesos.
La norma puntualiza que "el
objetivo es promover integralmente el ahorro en pesos y eliminar la
discriminación tributaria que tenían ciertos instrumentos financieros".
Para ello, subraya, "resulta
necesario que las personas que confían en el peso con depósitos con cláusulas
ajuste también tengan beneficios impositivos similares".
En este sentido, se establecen "nuevas
herramientas para que, mediante la política fiscal, incentiven el desarrollo de
un mercado de capitales robusto que, al no estar dolarizado, canalice de manera
estable y sostenida el ahorro financiero hacia el sector productivo del país,
para crecer más y generar más y mejor empleo y también más divisas genuinas a
través de exportaciones".
Al respecto, el decreto indica que
"se establecen en esta oportunidad las pautas y requisitos que deben
cumplimentar los instrumentos financieros que se liquiden en moneda
nacional".
Remarca que estas pautas tienen por
objeto "fomentar la inversión en cuotapartes de fondos comunes de
inversión y certificados de participación o valores representativos de deuda
fiduciaria de fideicomisos financieros, que hubiesen sido colocados por oferta
pública con autorización de la Comisión Nacional de Valores (CNV)".
En ese sentido, la norma determina que
"existe un activo subyacente principal cuando una misma clase de depósitos
o bienes, o el conjunto de estos, representen, como mínimo, un 75% del total de
las inversiones del fondo común de inversión o del fideicomiso
financiero".
El decreto fija que, para ser
alcanzados por la exención, estos instrumentos deben estar destinados "al
fomento de la inversión productiva", lo cual incluye "la inversión o
el financiamiento directo o indirecto en proyectos productivos, inmobiliarios y
de infraestructura".
A su vez, estos proyectos deben
destinarse "a actividades económicas comprendidas en los sectores
productores de bienes y servicios, tales como agropecuarios, ganaderos,
forestales, inmobiliarios, telecomunicaciones, infraestructura, energía,
logística, economías sustentables, promoción del capital emprendedor, pesca,
desarrollo de tecnología y bienes de capital, investigación y aplicación de
tecnología a la medicina y salud, ciencia e investigación aplicada, extracción,
producción, procesamiento y transporte de materias primas, desarrollo de
productos y servicios informáticos".
También comprende "al
financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)", como
así también "aquellos instrumentos en moneda nacional adquiridos en
mercados autorizados por la CNV, bajo segmentos que aseguren la prioridad
precio tiempo y por interferencia de ofertas, destinados al financiamiento de
las mipymes".
Los detalles de la medida
El Gobierno subió el piso a partir del
cual los asalariados pagan el Impuesto a las Ganancias
- Las y los trabajadores que, a partir
de septiembre, perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175 mil no
pagarán el impuesto
- Gozarán, además, de la exención del
Sueldo Anual Complementario (SAC) de diciembre
- La medida incrementa el piso de $150
mil y el umbral de $173 mil a $175 y $203 mil, respectivamente
- También exime del pago del Sueldo
Anual Complementario a las y los trabajadores cuya remuneración promedio del
segundo semestre no supere los $175 mil
- Con la actualización, el 1.267.000
personas que dejaron de pagar el Impuesto a las Ganancias cuando se aprobó la
ley en abril seguirán sin pagar el impuesto.
- De esta manera el aumento de las
paritarias no afectará el alivio fiscal impulsado por el gobierno y solo
seguirán pagando aproximadamente el 10% de los trabajadores
La medida apunta a:
- Fortalecer el poder adquisitivo de
los y las contribuyentes del impuesto y de sus familias y, con ello, la
consolidación de la demanda y del mercado interno
- Asegurar que durante 2021 no
aumenten, consecuencia del crecimiento de los salarios nominales, las personas
alcanzadas este año por el tributo.
Reforma progresiva:
- La reforma de Ganancias llevada a
cabo por el Gobierno nacional es sustentable y progresiva. Durante la
administración de Juntos por el Cambio se duplicaron los trabajadores y
trabajadoras alcanzados por este impuesto, La Ley buscó volver a los niveles
anteriores al período 2015-2019, y que 1,3 millones de trabajadores dejen de
pagar el tributo
- También permitió que solo el 10% de
los trabajadores registrados en relación de dependencia paguen el impuesto
- El mínimo no imponible del impuesto,
todas las deducciones y las escalas del impuesto volverán a actualizarse a
partir del 1 de enero del 2022, en función de la evolución de los salarios
Cortesía: Telam
No hay comentarios.:
Publicar un comentario