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D etalles del programa que define
el Gobierno para ayudar a las empresas: pago de sueldos, seguro de desempleo y
reducción de cargas patronales.
Para acceder a esos beneficios, las empresas empleadoras no podrán despedir sin causa a sus trabajadores, ni tampoco podrán hacerlo alegando razones de fuerza mayor. Aquellos trabajadores que hubieran sido despedidos de sus puestos por una de esas causas desde el 28 de febrero hasta ahora, deberán ser reincorporados en las mismas condiciones laborales.
Asimismo, los beneficios estarán disponibles para empresa de cualquier tamaño que cumplan alguna de las siguientes 3 condiciones:
El plan, en principio, se
denominaría de “Emergencia al Trabajo y la Producción”. Contempla también los
seguros de desempleo y la reducción de cargas patronales. A quiénes beneficiará
En el marco de la grave situación generada por la parálisis de la actividad económica para enfrentar la pandemia de coronavirus, el Gobierno lanzaría el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.
Es un trabajo que realizan en conjunto varios organismos de la administración que comanda Alberto Fernández. Sería publicado por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia en las próximas horas.
El programa, a cuyo borrador tuvo acceso Infobae, tendrá como ejes principales la reducción de los aportes patronales, el pago de una parte del salario por parte del Estado a las empresas de hasta 100 empleados, la aplicación del programa Repro para las que superen esa cantidad y la sanción de seguro de desempleo de entre $6.000 y 10.000 pesos.
El mismo tendría vigencia hasta el 30 de abril y la Jefatura de Gabinete de ministros tendrá la potestad de prorrogar su vigencia y determinará los parámetros para la aplicación del Programa.
En el marco de la grave situación generada por la parálisis de la actividad económica para enfrentar la pandemia de coronavirus, el Gobierno lanzaría el “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.
Es un trabajo que realizan en conjunto varios organismos de la administración que comanda Alberto Fernández. Sería publicado por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia en las próximas horas.
El programa, a cuyo borrador tuvo acceso Infobae, tendrá como ejes principales la reducción de los aportes patronales, el pago de una parte del salario por parte del Estado a las empresas de hasta 100 empleados, la aplicación del programa Repro para las que superen esa cantidad y la sanción de seguro de desempleo de entre $6.000 y 10.000 pesos.
El mismo tendría vigencia hasta el 30 de abril y la Jefatura de Gabinete de ministros tendrá la potestad de prorrogar su vigencia y determinará los parámetros para la aplicación del Programa.
Para acceder a esos beneficios, las empresas empleadoras no podrán despedir sin causa a sus trabajadores, ni tampoco podrán hacerlo alegando razones de fuerza mayor. Aquellos trabajadores que hubieran sido despedidos de sus puestos por una de esas causas desde el 28 de febrero hasta ahora, deberán ser reincorporados en las mismas condiciones laborales.
Asimismo, los beneficios estarán disponibles para empresa de cualquier tamaño que cumplan alguna de las siguientes 3 condiciones:
a - Cuando sus actividades
económicas fueran afectadas en forma crítica en las zonas geográficas donde se
desarrollan.
b - Con trabajadores contagiados
por el COVID 19 o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar
en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
c - Se acredite una sustancial
reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
A la vez, estarán excluidas de
este programa las empresas cuya actividad fuera considerada esencial a la hora
de sancionar las normas de la cuarentena general que rige hoy en el país.
El programa con el que el
gobierno aspira a evitar despidos masivos y, al mismo tiempo, contener la
crítica situación de muchas empresas que carecen de ingresos para pagar los
sueldos, se compone de las siguientes medidas:
- Contribuciones patronales: se
postergan los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al
Sistema Integrado Previsional Argentino. Se establece una reducción de hasta el
95% para el mes de abril en el caso de las empresas de menos de 60
trabajadores.
- Asignación Compensatoria al
Salario: El Estado, a través de la Anses, abonará una suma no remunerativa en
el caso de las empresas con menos de 100 trabajadores. Para las empresas de
hasta 25 empleados, tendrá un valor máximo de un salario mínimo, vital y móvil;
para las de 26 a 60 empleados, del 75% y para las de 51 a 100, del 50%. Esta
Asignación Compensatoria al Salario se considerará a cuenta del pago de las
remuneraciones; los empleadores deberán abonar el saldo restante hasta
completarlas.
- Repro - Asistencia por la
Emergencia Sanitaria: Se trata del pago de una asignación no contributiva a
trabajadores de empresas de más de 100 empleados, a cargo del ministerio de
Trabajo. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de
$10.000. El ministerio de Trabajo creará un nuevo Repro (formalmente, Programa
de Recuperación Productiva), diferenciado y simplificado, manteniendo la base
de la normativa vigente.
- Prestaciones por desempleo: El
proyecto prevé elevar los montos de las prestaciones económicas por desempleo a
un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000. La aplicación estará a cargo del
ministerio de Trabajo.
Todas las medidas mencionadas
serán aplicables siempre que el empleador se encuentre dentro de las 3
condiciones mencionadas al comienzo.
Fuente: Infobae


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